Derechos Humanos e Inteligencia Artificial

«La evolución de los derechos humanos ilustra claramente la lucha de la humanidad por crear un mundo mejor».

―Robert Alan Silverstein

Como cada año, hace poco, los principales titulares del mundo hicieron remembranza de la conmemoración del Día internacional de los Derechos Humanos, fecha que se conmemora desde el año 1950, que fuese establecida dos años luego de que la ONU aprobase la “Declaración Universal de los Derechos Humanos.”

¿Por qué leer sobre derechos humanos en un blog de tecnología? Sea, quizás, la pregunta que se esté formulando en este momento. Continúe acompañándome con su lectura, le daré varias razones para hacerlo.

Toda persona tiene derechos desde que es concebida

Aunque todos esperamos que se respeten, en la práctica, no sucede así. A diario son olvidados ex profeso y violados los derechos más elementales con los que venimos al mundo.

Factores individuales como la clase social, el nivel educativo, raza, nacionalidad, sexo, edad, las prácticas religiosas, las preferencias, conocimiento o desconocimiento de tecnologías y el acceso a la red se transforman en causales para que se les violenten los derechos a millones de persona a diario, inclusive en el área o lugar de trabajo.

«Los derechos humanos no se violan solo por el terrorismo, represión o asesinato, sino por estructuras económicas injustas que crean enormes desigualdades».

―Papa Francisco

Sin saberlo devaluamos nuestros derechos

En ocasiones por temor, por permanecer en un empleo, por ser aceptados en una comunidad, porque siempre creímos que estaba bien, por desconocimiento y otras razones somos víctimas de violación de derechos y en otras, somos, sin proponérnoslo, los violadores de los derechos de otros.

Sucede muchísimo con los puestos de jerarquía y en las organizaciones de estructura piramidal, donde se espera que el nivel base de la pirámide aporte, haga “sin cuestionar” lo que se le pide, y si no lo hace, se le amenaza con el despido. Los casos son más frecuentes de lo que parecen y se callan porque existen códigos de “ética” laboral que promulgan el silencio. Otras veces, aceptamos para no causar “ruido” ni buscar problemas innecesarios.

«El conocimiento hace que un hombre sea incapaz de ser un esclavo».

Frederick Douglas

La gestión de tecnología implica tomar conciencia de los derechos humanos

Leemos a diario, nos lo repiten siempre, qué la tecnología es desarrollada para mejorar la vida humana, razón suficiente para que nos preguntemos cómo es posible hacerlo sin saber sobre los derechos fundamentales que afecta. 

Por tanto, toda persona que investigue, desarrolle o trabaje con tecnologías, debe tener conocimiento claro, no superficial, sobre los derechos de las personas y cómo pueden afectar o no estas tecnologías a otros, inclusive a sí mismo.

Con la gestión del conocimiento se genera una posición de “poder” y de “control”, quien tiene acceso a códigos fuentes, a tecnologías emergentes no divulgadas públicamente, quienes investigan se encuentran en una situación ventajosa, que puede ser utilizada inadecuadamente (con conocimiento o sin conocimiento del impacto que puede tener sobre los derechos de otros) o, todo lo contrario.

El ejemplo más sencillo se encuentra en la colección de datos, no reglamentada, o con reglamentación muy débil, coloca a la mayoría en una posición de vulnerabilidad.

Nuestros datos personales, las publicaciones que nos gustan en una red social, la información sobre salud, los desplazamientos, los contactos, las personas con las que nos comunicamos, al recolectar todos estos datos usando métodos engañosos o que no explican el “uso y tratamiento” se violan garantías fundamentales de las personas.

Inclusive, si se utilizan luego sin la autorización debida, o en su lugar, cuando un asistente virtual relaciona personas con las que un contacto ha tenido comunicación “privada” y que prefiere que esas dos personas no se conozcan, es posible qué se den situaciones de disputas, divorcios, hasta crímenes pasionales. La tecnología, el algoritmo busca sugerir amistades, pero no sabe, que esa cercanía entre personas, no es necesariamente adecuada.  En particularidades tan sencillas como estas, las que un humano con su propio criterio y conocimiento circunstancial, inferiría que es posible que se desencadene un problema o prefiera no tomar partido, una IA no lo podría hacer. Y, sí, violentaría el derecho que tiene el usuario a mantener en privado sus comunicaciones, aún cuando estas no sean moralmente adecuadas.  

«Todo ser humano tiene derecho a decidir su propio destino».

Bob Marley

En la publicación intitulada “Cómo los derechos fundamentales son desafíos por las tecnologías roboticas”, encontramos este mensaje de gran importancia:

“La robótica plantea varias cuestiones legales, entre las que se incluyen derechos fundamentales (derechos humanos). Podemos distinguir entre dos niveles cómo los derechos fundamentales son desafiados por las tecnologías robóticas. Primero, y más obviamente, la pregunta sobre cómo pueden ser los derechos fundamentales actuales aplicados a la robótica. En segundo lugar, existen desafíos más fundamentales para el marco de los derechos fundamentales como la pregunta de sí se necesitan nuevos derechos fundamentales para abordar las brechas en la protección legal que pueden surgir a través de la robótica.”[1]

Evidentemente la robótica que es una de las áreas más desarrolladas de la Inteligencia Artificial, requiere legislación porque afecta de forma directa a los humanos con los que interactúa desde su ideación.

¿Regulaciones sobre derechos humanos en la industria de la IA?

Muchos son los pros y contras de la inteligencia artificial en el espectro de los derechos fundamentales de las personas. A medida que se utilizan más tecnologías y se desarrollan aplicaciones de estas en casi todo ámbito de la vida es necesaria la regulación, regulación que debe ser cónsona con las realidades, las necesidades y el futuro al que se aspira llegar.

No es un trabajo sencillo, pedimos regular a la luz de los derechos que tenemos como humanos, aquello que desconocemos, un conocimiento que está en etapas de constante cambio.

En el artículo “Inteligencia artificial y derechos humanos: ¿Son convergentes o paralelos entre sí?, se encara este fenómeno desde el siguiente planteamiento:

“Una cobertura más amplia y una equidad sustancial mediante la provisión de recursos legales contra diferentes tipos de violaciones de derechos humanos en el sector servicios y la industria laboral han demostrado ser una necesidad importante. El uso de la IA tiene sus proponentes y oponentes; sin embargo, algunas formas de IA son importantes y deseables para una evolución humana tecnológicamente moderna. No obstante, la inquietante pregunta que surge hoy es si, al transferir la experiencia del pasado al futuro, el desempleo masivo, la pobreza masiva y las distorsiones sociales seguirán siendo un posible escenario para el nuevo mundo, un mundo donde los robots, los sistemas inteligentes y los algoritmos desempeñarán un papel cada vez más central.”[2]

Al inicio del articulo citamos a Robert Alan Silverstein, autor utópico, artista, compositor, cineasta, webmaster y activista de cambio social, creador del proyecto “The People For Peace Project” en 1995, ha publicado más de 40 libros, quien en una breve reflexión nos deja ver la necesidad de conocer, a fondo, las implicaciones que tienen las tecnologías en los derechos humanos.

A medida que el mundo que nos rodea sigue evolucionando hacia nuevos modelos donde la tecnología es una palanca fundamental de progreso no podemos dejar de lado esos derechos que nos permiten vivir en sociedad.

Imagen: Pixabay

Bibliografía consultada:
https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/23479631 https://editorial.ucatolica.edu.co/index.php/Juridica/article/view/1894
https://www.researchgate.net/publication/283596570_Robotic_technologies_and_fundamental_rights_Robotics_challenging_the_European_constitutional_framework


[1] Koops, Bert-Jaap, Angela Di Carlo, Luca Nocco, et al. ?Robotic technologies and fundamental rights: Robotics challenging the European constitutional framework?. International Journal of Technoethics 4, no. 2 (2013): 15-35.

[2] Chakraborty, S. (2018). INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y DERECHOS HUMANOS: ¿SON CONVERGENTES O PARALELOS ENTRE SÍ. Novum Jus: Revista Especializada En Sociología Jurídica Y Política, 12(2), 13-38. https://doi.org/10.14718/NovumJus.2018.12.2.2

Escrito por: Msc. Irasema Rivas-González